
RISGA: Renta de Inclusión Social de Galicia
- Renta de Inclusión Social de Galicia
- Beneficiarios de la Renta de Inclusión Social de Galicia
- ¿Cuál es el importe a recibir mediante el RISGA?
- Tramo de integración y de transición al trabajo
- Tramo personal y tramo familiar
- Solicitar la Renta de Inclusión Social de Galicia
- Obligaciones para los beneficiarios de la RISGA
La Renta de Inclusión Social de Galicia es una de las ayudas sociales ofrecidas por la Junta de Galicia, mediante esta renta se busca ayudar económicamente a las personas que no dispongan de los recursos necesarios para subsistir.
En este artículo hablaremos de los requisitos necesarios, quienes pueden pedirla, la cuantía correspondiente y los documentos que te solicitaran al acudir a los centros sociales a presentar tu solicitud.
¿Quieres saber más de la RISGA? ¡Acompáñanos a leer este post!
La Xunta de Galicia pone a disposición de los ciudadanos un conjunto de subvenciones para aquellos que estén en situación de vulnerabilidad económica y debido a ello, no puedan cubrir sus necesidades básicas.
Adicionalmente, hay un plan de integración social que tiene como finalidad asistir e impulsar a los beneficiarios del RISGA a obtener mejores ingresos y garantizar su autonomía.
Requisitos requeridos
Al igual que en muchas otras ayudas, pensiones y prestaciones, para solicitar la Renta de Inclusión Social de Galicia tendrás que cumplir un conjunto de condiciones generales que te indicaremos a continuación:
- Estar residiendo legalmente en Galicia desde hace 6 meses como mínimo.
- Superar los 25 años de edad.
- Las rentas obtenidas por la unidad de convivencia no pueden ser mayores al monto establecido en el tramo personal o familiar correspondiente.
- No tener derecho a recibir alimentos provenientes de terceros obligados legalmente a ello.
Toda persona que esté en actual estado de riesgo de exclusión social y no posea los ingresos suficientes para satisfacer sus necesidades primordiales podrá solicitar la RISGA, entre ellos tenemos a las:
- Personas con discapacidad acreditada mayor al 33%.
- Víctimas de violencia en el hogar.
- Emigrantes retornados o inmigrantes.
- Individuos con condena penitenciaria completada.
- Personas en situación de calle.
- Ciudadanos con responsabilidades a cargo que no cuenten con quien compartir el compromiso.
- Individuos que estén abandonando la prostitución o hayan sido víctimas de explotación sexual.
- Ciudadanos que actualmente estén en rehabilitación social por asunto de adicciones.
- Personas transgénero o en proceso de cambio.
- Individuos que formen parte de una minoría étnica.
- Ciudadanos que al unificar los ingresos laborales y los complementos de la unidad de convivencia no superen el importe establecido en la Renta de Inclusión Social de Galicia siempre que cumplan con los requisitos necesarios.
En algunos casos, los servicios sociales pueden tomar en cuenta diversos factores que condicionan la situación del solicitante. Asimismo, no podrán solicitar esta renta las personas que estén recibiendo o tengan derecho a una pensión no contributiva, tampoco aplica para los beneficiarios de otras subvenciones con montos similares o mayores al de dichas pensiones.
¿Cuál es el importe a recibir mediante el RISGA?
La Renta de Inclusión Social de Galicia cuenta con cuatro tramos que sirven para dividir los importes en categorías y añadir complementos según las necesidades del solicitante:
- Tramo de integración
- Tramo de transición al trabajo
- Tramo familiar
- Tramo personal
Tramo de integración y de transición al trabajo
Existen otros complementos de la Renta de Inclusión Social de Galicia que son establecidos por los servicios sociales y su diagnóstico de empleabilidad. Para acceder al tramo de integración los interesados deben de cumplir con los requisitos generales, por otro lado, los solicitantes que ya formen parte de un itinerario de trabajo y formación con una duración no mayor a 12 meses, percibirán un importe correspondiente del 15% al 35% del IPREM.
Mientras que, el tramo de transición al trabajo solo puede utilizarse una vez si el solicitante ya está percibiendo los beneficios de la Renta de Inclusión Social de Galicia y entra nuevamente al mercado laboral mediante un contrato de al menos 6 meses. El importe en estos casos será calculado basándose en la nómina, pagado de forma descendiente y gradual durante 6 meses como máximo.
Tramo personal y tramo familiar
La Renta de Inclusión Social de Galicia tendrá un importe mínimo correspondiente a 564,90 euros/mes (75% del IPREM) en el tramo personal. Por otro lado, el monto establecido para el tramo familiar será sumado de manera complementaria dependiendo de la cantidad de integrantes de la unidad de convivencia al tramo personal.
En el año 2021, los montos están establecidos de la siguiente manera:
Renta de Inclusión Social de Galicia |
||
Unidad de convivencia | Límite establecido expresado en euros | |
Número de integrantes | Con menores | Sin menores |
7 | 762,62 | 677,88 |
6 | 740,03 | 677,88 |
5 | 683.54 | 677,88 |
4 | - | 627,05 |
3 | - | 570,56 |
2 | - | 502,77 |
1 | - | 423,68 |
Documentos requeridos
Asegúrate de llevar junto a ti los siguientes documentos que generalmente solicitan al pedir la Renta de Inclusión Social de Galicia:
- Planilla de la solicitud debidamente cumplimentada. Puedes descargarla desde este enlace: Modelo RISGA.
- Planilla de los datos de los miembros de la unidad de convivencia. Puedes bajarlo haciendo clic en este vínculo: Modelo RISGA Datos Familiares.
- Certificación de residencia y empadronamiento.
- Cuenta bancaria en donde el solicitante figure como titular.
- Documento Nacional de Identidad y datos del solicitante.
- Información Fiscal o Declaración de la renta.
- Informe acerca de la vida laboral del solicitante.
- Toda documentación relacionada con la Seguridad Social.
Dependiendo del caso, puede que te soliciten documentación complementaria. Desde este enlace puedes verificar si requerirás algún otro documento adicional en tu solicitud: RISGA Documentos Específicos.
Actualmente hay dos vías disponibles para que puedas presentar tu solicitud ya sea por internet o presencialmente, dependiendo de que opción prefieras simplemente tienes que seguir estas indicaciones:
Desde el sitio web de Galicia necesitaras el certificado digital o la Chave365. Puedes acceder haciendo clic en este vínculo Sede Electrónica de Galicia.
Si prefieres realizar personalmente tu solicitud de la Renta de Inclusión Social, debes ir al Centro de Servicios Sociales del Ayuntamiento más cercano a tu lugar de residencia o a la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social.
Estos son las direcciones de las Jefaturas dentro del área de Galicia:
A Coruña
Jefatura Territorial de Política Social
Servicio de Prestaciones, Inclusión e Inmigración
Avda. Salvador de Madariaga, 9, 1º
15071 A Coruña
Ourense
Jefatura Territorial de Política Social
Servicio de Prestaciones, Inclusión e Inmigración
R/ Sáenz Díez, 33
32071 Ourense
Pontevedra
Jefatura Territorial de Política Social
Servicio de Prestaciones, Inclusión e Inmigración
R/ Concepción Arenal, 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Lugo
Jefatura Territorial de Política Social
Servicio de Prestaciones, Inclusión e Inmigración
Ronda de la Muralla, 70
27071 Lugo
Obligaciones para los beneficiarios de la RISGA
Para mantener las ventajas provenientes de la Renta de Inclusión Social de Galicia, asegúrate de darle cumplimiento a los siguientes requisitos:
- Informar al Centro Social si se recibió una cantidad inusual, además de devolverla.
- Dar cumplimiento a las exigencias previstas en el plan de inserción social, así como al convenio de integración socio laboral.
- Notificar objetivamente los datos que le sean solicitados.
- Cumplir cualquier otra exigencia vinculada al beneficio de la Renta de Inclusión Social de Galicia.
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