
Restitución 2020: Siga la Liberación de Lotes
Las fechas de los lotes de devolución del Impuesto a la Renta 2020 no han cambiado aún después de que se haya extendido el plazo para presentar la declaración. Con esto, el calendario arranca ahora en mayo y se realizará por orden de despacho.
En un momento tan atípico de la historia, la Receita Federal decidió prorrogar la fecha de presentación de la declaración, permitiendo un mayor plazo para el contribuyente. Como resultado, se esperaba que el reembolsar lotes también fueron cambiados, pero por suerte para nosotros, nada ha cambiado.
Faltan casi 10 días para que se libere el valor del primer lote de la devolución 2020, ¿quieres más detalles de cómo funcionará el recibo? Sigue leyendo este artículo. ¡Buena lectura!
¿Cómo sé si tengo que devolver el impuesto?
Si no hizo su declaración usted mismo, o si no recuerda el resultado, puede verificarlo de dos maneras: el sitio web de Ingresos Federales y seguir el estado de su estado de cuenta o obtenga el recibo de envío y verifique allí si hay un valor para reembolsar y cuál es el valor.
Básicamente la devolución se produce cuando el contribuyente, luego de haber realizado el ajuste entre todas las cantidades pagadas y recibidas, tuvo más impuestos pagados que adeudados. Si esto ocurre, el sistema de ingresos calcula la diferencia y devuelve el monto pagado en exceso como un reembolso.
calendario de devoluciones 2020
1º | 29/05/2020 | 0,00% |
2do | 30/06/2020 | 0,00% |
3ro | 31/07/2020 | 1,00% |
4to | 28/08/2020 | aún no revelado |
5to | 30/09/2020 | aún no revelado |
La novedad de este año es que los lotes de devolución, tal y como se indica en la tabla, se realizarán en tan solo 5 lotes. Por si no está familiarizado con el tema, hasta 2019 se liberaba la devolución en 7 lotes. Es decir, el contribuyente recibirá la cantidad anhelada, antes de lo habitual.
Así que antes de lo habitual que también hubo un cambio de fecha y se adelantaron los lotes. Los estrenos que eran solo de junio, ahora son del mes de mayo.
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Cómo obtener el reembolso
La devolución del Impuesto a la Renta se depositará en la cuenta informada en la declaración. Los datos de la cuenta pueden ser cuenta corriente individual, cuenta conjunta o cuenta de ahorro. El IRS no autoriza que el pago se realice en la cuenta de un tercero.
¿Qué hacer si me equivoco en la cuenta indicada en la declaración?
¿Pueden ocurrir errores? Sí, puede suceder. Si este es el caso, no te preocupes ya que hay dos salidas. Puede cambiar la cuenta o corregir cualquier número incorrecto, siempre que su CPF aún no haya sido incluido en ninguno de los lotes de reembolso.
Sin embargo, si su CPF ya está fechado para recibir el monto, puede ir (después de la fecha del lote) a una sucursal del Banco do Brasil con un documento con foto original y retirar el monto. Recordando que el monto está disponible por un año, luego de este período, si el contribuyente no retira, regresa a Ingresos.
Importante decir que la cuenta indicada para recibir el reembolso 2020 no puede estar a nombre de terceros. Sólo son válidas las cuentas mancomunadas, individuales o de ahorro.
¿Es posible aumentar el monto del reembolso?
Siempre es posible, hay algunos consejos que te puede dar IR Sem Erro para que esto suceda:
- Pensión Privada - PGBL
- Los autónomos declaran gastos de caja
- No hacer una declaración conjunta
- Gastos médicos
- Mantener el valor de su propiedad al día
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