Quién debe declarar y qué hay de nuevo

✔️ En este artículo aprenderás:

Los contribuyentes que recibieron ingresos imponibles superiores a BRL 28.559,70 en 2019 están obligados a declarar el impuesto sobre la renta 2020.

Y vamos a otro año de muchas aventuras, comenzando nada menos que con el IRPF 2020. Ahora es el momento de organizar documentos, recibir informes de ingresos, separar CPF de dependientes, etc. De todos modos, es hora de huir del León.

Para ayudarte con todo lo relacionado con el IRPF, hicimos un resumen en este artículo con todo lo que necesitas saber y prepárate para no caer en la malla fina. Endereza tu columna, enfócate, ahora vas a ser un experto en el IRPF. ¡Buena lectura!

Impuesto sobre la renta 2020

¿Cuándo comienza la declaración de la renta de 2020?

Para el año 2020, el inicio de entrega de la declaración será a partir del 2 de marzo al 30 de abril. Por lo tanto, el contribuyente tendrá 2 meses para entregar el documento, por lo que puede hacer un esfuerzo y no enviarlo a última hora (#DicaDeAmigo).

¿Cómo es la nueva tabla del IRPF 2020?

¿Había mucha especulación y sobre todo expectación? Sí, pero al final el cambio de tipos de la tabla del IRPF acabó por no producirse. Según notas difundidas por el Gobierno, este cambio puede ser discutido en las próximas declaraciones.

De esta manera, seguimos con la misma tabla de tarifas que en las declaraciones pasadas, vea los valores:

Base de cálculo (R$) Tasa (%) Porción a descontar del IRPF (R$)

Hasta 1.903,98 gratis gratis
De 1.903,99 a 2.826,65 7,5% BRL 142,80
De 2.826,66 a 3.751,05 15% BRL 354,80
De 3.751,06 a 4.664,68 22,5% 636,13 reales brasileños
Por encima de 4.664,68 27,5% BRL 869,36

¿Quién debe declarar el impuesto sobre la renta 2020?

No todos los ciudadanos necesitan presentar una declaración de impuestos sobre la renta. Solo los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados por la Receita Federal deberán declarar el IRPF 2020. Revisa los criterios:

  • recibido más de R$ 28.559,70 de renta imponible en el año (salario, jubilación o alquiler, por ejemplo);
  • ganó más de BRL 40.000 exentos, no gravados o gravados en la fuente en el año (como compensación laboral o ingresos del ahorro);
  • obtenido de la venta de bienes (casa, por ejemplo);
  • compró o vendió acciones en la Bolsa de Valores;
  • recibió más de R$ 142.798,50 en actividades rurales (agricultura, por ejemplo) o tiene pérdidas rurales a ser compensadas en el año calendario 2018 o en los próximos años;
  • bienes propios por valor de más de R$ 300.000;
  • se mudó a Brasil en cualquier mes de 2019 y permaneció aquí hasta el 31 de diciembre;
  • vendió una propiedad y compró otra dentro de los 180 días, utilizando la exención del IR al momento de la venta.

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¿Quién no necesita declarar el IRPF 2020?

Como decíamos en el tema anterior, no todo el mundo debería declarar el IRPF. Hay ciudadanos que están exentos del impuesto a la renta, pero para eso también deben cumplir con ciertas características.

El primer grupo de personas exentas de la declaración son aquellos contribuyentes que, hasta el 31 de diciembre de 2019, tengan una renta anual inferior a R$ 28.559,70. Estos contribuyentes no están obligados a realizar la declaración.

El segundo grupo de exentos se refiere a los contribuyentes que padezcan alguna de las enfermedades graves divulgadas por la Renta. De acuerdo con la información, las enfermedades exentas son:

  • Alienación psíquica.
  • Osteítis deformante.
  • Tuberculosis activa.
  • Lepra.
  • SIDA.
  • Neoplasia maligna (cáncer).
  • Enfermedad de Parkinson.
  • Parálisis irreversible e incapacitante.
  • Contaminación por radiación.
  • Enfermedad cardíaca grave.
  • Espondiloartrosis anquilosante.
  • Fibrosis quística.
  • Ceguera (incluyendo monocular).
  • Enfermedad hepática grave.
  • Esclerosis múltiple.
  • Nefropatía severa.

Si encajas en uno de estos grupos, debes saber que estás totalmente exento de la declaración del IRPF 2020.

¿Cuáles son los documentos para declarar el IRPF 2020?

Ya se da a conocer la lista de documentos para el IR 2020 y el contribuyente ya puede agilizar qué información debe presentar en Rentas. Ver todos los documentos:

  • Información general;
  • datos de la cuenta bancaria para la devolución o cargo de las cuotas tributarias calculadas, en su caso;
  • nombre, CPF, grado de parentesco de los dependientes y fecha de nacimiento;
  • dirección actualizada;
  • copia de la última Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (completa) entregada;
  • actividad profesional que desarrolla actualmente.

Ingreso

  • informes de ganancias de instituciones financieras, incluidos los corredores de bolsa;
  • informes de ingresos de salarios, pro-labore, distribución de utilidades, jubilaciones, pensiones, etc.;
  • informes de rentas de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles recibidos de personas jurídicas;
  • información y documentos sobre otros ingresos recibidos durante el año, tales como ingresos por concepto de pensiones alimenticias, donaciones, herencias recibidas durante el año, entre otros;
  • informe de ingresos por participación en programas tributarios, como la Nota Fiscal Paulista, por ejemplo;
  • un resumen mensual del libro de memoria de cálculo de carnê-leão;
  • DARF de diente de león.

Bienes y derechos

  • documentos que acrediten las compras y ventas de bienes y derechos realizadas a lo largo de 2019 — inmuebles, cuentas corrientes, inversiones financieras, vehículos, etc.;
  • en el caso de inmuebles, ya no es obligatorio incluir la fecha de adquisición, área del inmueble, registro municipal (IPTU), inscripción ante el organismo público e inscripción en el registro de la propiedad, por ejemplo;
  • en el caso de automóviles, se deberá declarar el número RENAVAM y/o registro ante el organismo de inspección correspondiente.

deudas y cargas

  • información y documentos de deudas y gravámenes contraídos y/o pagados en el año 2019;
  • renta variable;
  • DARF de renta variable;
  • control de compra y venta de acciones (con cálculo mensual de impuestos).

renta variable

  • control de la compra y venta de acciones, incluyendo el cálculo mensual del impuesto;
  • DARF de renta variable.

Pagos y donaciones

  • recibos de pago o informe de ingresos del seguro o plan de salud (con el CNPJ de la empresa emisora ​​y la indicación del paciente);
  • gastos médicos y odontológicos en general (con CNPJ de la empresa emisora ​​o CPF del profesional y la indicación del paciente);
  • comprobante de gastos de estudios (con el CNPJ de la empresa emisora ​​y la indicación del estudiante);
  • comprobante de pago de Seguridad Social y pensión privada (con CNPJ de la empresa emisora);
  • recibos de las donaciones realizadas;
  • GPS (todo el año) y copia de la cédula profesional de empleada doméstica;
  • También se debe declarar el comprobante oficial de pago a un candidato político.

¿Se ha publicado el programa de impuestos sobre la renta de 2020?

Sí, el 20 de febrero, la Renta ya liberó el Programa para ser descargado. Con esto, los contribuyentes pueden adelantarse e iniciar el borrador del impuesto a la renta, para agilizar el proceso de declaración.

Paso a paso para descargar el Programa de Ingresos 2020

En general, no ha habido grandes cambios en la forma de descargar el Revenue Program, pero en cualquier caso siempre es bueno recordar cómo hacer todo el proceso:

  1. ir al sitio web del Ministerio de Ingresos y Finanzas;
  2. haga clic en el banner “IRPF 2020”;
  3. en la pestaña “IRPF 2020”, seleccione “Descarga del programa”;
  4. seleccione una de las tres opciones disponibles para descargar el Programa, que puede ser a través de computadora, dispositivo móvil o certificado digital.

¿Cuáles son los cambios en la declaración del IRPF 2020?

En comparación con el año anterior, los cambios no fueron tan grandes, pero aún impactan en la declaración del contribuyente. Consulta las principales novedades de 2020:

reembolsar lotes

Hasta el año pasado la devolución se repartía en 7 lotes, sin embargo, a partir de la declaración del IRPF de 2020, los lotes de devolución se dividirán en 5. El reparto comenzará en mayo, por lo que si quieres adelantar la devolución, entrega la declaración ahora mismo. primeras semanas.

Deducción para trabajadores domésticos

A pesar del gran revuelo en torno a este tema, no se aprobó la deducción patronal del INSS para los trabajadores domésticos. El “código 50” incluso fue excluido del Programa de Ingresos. – aporte patronal pagado a la seguridad social por el empleador doméstico”.

declaración precargada

Los contribuyentes que utilizan Certificados Digitales pueden exportar los datos de la declaración del año anterior, es decir, la información se autollena, lo que le facilita la vida al contribuyente.

¿Quieres ver la lista completa de cambios? Lee nuestro artículo con más información que te ayudará en esta saga del IRPF 2020.

¿Cómo prepararse para el impuesto sobre la renta 2020?

Para evitar errores y posibles riesgos de caer en la malla fina en 2020, lo mejor que puede hacer el contribuyente es prepararse para la próxima declaración.

Lo más importante es separar y organizar todos los documentos que se declararán en el IR 2020. Siempre que haya un nuevo movimiento financiero, es importante que los documentos y documentos recibidos sean presentados a Ingresos.

Además, los contribuyentes ya pueden buscar alternativas para evitar la temida malla fina de la Renta. Una gran opción son los servicios de análisis de declaraciones de IRPF.

El análisis del IRPF no hace la declaración del contribuyente, sino que analiza toda la información presente en la declaración y advierte sobre los posibles riesgos de caer en la malla fina. Además de dar días para disminuir el impuesto pagado y aumentar la devolución.

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