
Pago único mujeres víctimas de violencia de género
El pago único mujeres víctimas de violencia de género fue establecido para ayudar a las mujeres afectadas por esta clase de violencia. Este pago especial pese a que es regulado como una norma estatal, se considera una medida asistencial que debe ser abonada por las Comunidades Autónomas.
Enseguida detallaremos que requisitos son necesarios, el monto a percibir por esta ayuda y donde presentar la solicitud.
¿Estas interesado en este pago único? ¡Descubre más acerca de él leyendo este artículo!
Requisitos exigidos
Antes de presentar la solicitud para obtener el pago único mujeres víctimas de violencia de género, asegúrate de cumplir con las siguientes condiciones:
- Demostrar el estado actual de víctima de violencia de género ya sean por medio de una orden de protección, una sentencia condenatoria emitida por delito de violencia de género, el informe del Ministerio fiscal donde figure que la solicitante es víctima. Adicionalmente, puede demostrarse a través de informes de los servicios especializados, de acogida o sociales dirigidos a las víctimas de violencia de género.
- La solicitante no debe de generar ingresos mayores al 75% del SMI (675 euros/mes).
- Presentar el informe emitido por los Servicios Públicos de Empleo que demuestren que, ya sea por su falta de formación general o especializada, edad o circunstancias sociales la solicitante no podrá integrarse fácilmente al mundo laboral.
- No haber solicitado el pago único mujeres víctimas de violencia de genero anteriormente.
Monto a percibir con este apoyo económico
Actualmente, el monto del pago único mujeres víctimas de violencia de género corresponde a 2.556 euros. Este importe proviene de sumar seis veces el monto percibido por el subsidio por desempleo (426 euros/mes).
De igual manera, existen montos superiores dependiendo de factores como las responsabilidades familiares, grados de discapacidad o minusvalía. Dichos importes son los siguientes:
Importes del pago único mujeres víctimas de violencia de género |
|||
Estado de la solicitante o de su grupo familiar |
Con 2 o más cargas familiares | Con 1 carga familiar |
Sin cargas familiares |
Discapacidad igual o mayor al 65% |
10.224 € | 10.224 € | - |
Discapacidad igual o mayor al 33% |
10.224 € | 7.668 € |
5.112 € |
Sin discapacidad | 7.668 € | 5.112 € |
2.556 € |
¿Dónde debo pedir la solicitud del pago único?
Para presentar tu solicitud tendrás que dirigirte a los Departamentos o Conserjerías de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma donde residas actualmente. Una vez estés allí, consulta con los trabajadores sociales acerca de la gestión del trámite, los documentos necesarios y en qué plazo puedes presentar la solicitud del pago único mujeres víctimas de violencia de género. Generalmente los procedimientos difieren moderadamente entre comunidades.
Luego de que presentes la solicitud, la Administración Autonómica dispondrá de tres meses para procesarla. Asimismo, cuentas con un recurso de reposición durante 1 mes frente al ente en donde gestiones tu solicitud, o durante 2 meses si decides emplearlo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
Compatibilidad e incompatibilidad
Existen casos en los que pueden cobrarse el pago único mujeres víctimas de violencia de género mientras se perciben otras ayudas económicas. Sin embargo, hay un conjunto de subsidios que no son compatibles con este pago. Ahora veremos tanto las ayudas económicas compatibles como las que no lo son:
1. Ayudas compatibles
Este pago único puede obtenerse aun cuando la solicitante este cobrando la pensión de invalidez no contributiva o la jubilación no contributiva, dejando de lado la consideración de ingresos para optar por dichas pensiones.
Del mismo modo, es posible percibirlo junto a otros apoyos económicos establecidos en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre que determina las ayudas y asistencias a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.
2. Ayudas incompatibles
Si estas percibiendo el RAI (Renta Activa de Inserción), no podrás recibir el pago único mujeres víctimas de violencia de género hasta que termines de cobrar el RAI. Una vez se agote el cobro de la renta activa de inserción, podrán comprobar si cumples con los requisitos para obtener el pago único.
Esta medida de incompatibilidad es aplicada porque el pago único deduce que una mujer víctima de violencia no puede reintegrarse al mundo laboral. Mientras que la RAI tiene como objetivo integrarla al mercado laboral y por este motivo es que son incompatibles.
Apoyos económicos adicionales disponibles
Guiándonos por lo que indica la legislación, una mujer víctima de violencia de género que además este en actual estado de desempleo con carencia de rentas puede situarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Si por algún motivo personal o físico no puede retornar al mundo laboral, podrá dirigirse a las oficinas del SEPE e indicar a través de un informe la razón por la que no desea reintegrarse por el momento al mercado laboral. Existen varias razones para presentar su solicitud, tales como:
- Falta de formación o especialización profesional.
- A causa de su estado de salud psicológica y física.
- Debido a su edad.
- Circunstancias familiares serias.
Luego de que el SEPE verifique el informe, le otorgará al solicitante el pago único mujeres víctimas de violencia de género. Esto es aprobado porque no tiene propósito obligar a una persona a participar en itinerarios de reintegración, orientación laboral o cursos obligatorios.
- La solicitante desea obtener un empleo y está en las condiciones necesarias para realizarlo. En estos casos la Administración a través del SEPE le otorgará un subsidio económico conocido como el RAI (Renta Activa de Inserción), para garantizar que la mujer pueda ingresar sin problemas al mundo laboral. Esta ayuda económica es de 430/mes por un máximo de 33 meses.
Estas situaciones no pueden ocurrir en un solo caso por lo que la solicitante solo puede beneficiarse de uno de las ayudas económicas, ya sea el RAI o el pago único mujeres víctimas de violencia de género.
¿Es posible percibir tanto el RAI, como un apoyo por violencia de genero al mismo tiempo?
Siempre y cuando no se trate del pago único, es posible hacerlo. Cualquier otra ayuda económica destinada a las víctimas de violencia de género que ofrezca la Comunidad Autónoma es compatible con el RAI.
Habitualmente, el subsidio económico que solicitan las víctimas de violencia de genero junto al RAI es el subsidio por cambio de domicilio. Este subsidio es gestionado también por las oficinas del SEPE y le otorga en una sola ocasión al solicitante el monto de 3 mensualidades de la renta activa (430/mes).
Normativa reguladora del pago único
El art. 27 de la Ley orgánica 1/2004, 28 de diciembre determina que las victimas que sufran violencia de género y no generen rentas mensuales mayores al 75% del SMI, podrán solicitar el pago único por mujeres víctimas de violencia de género. Esto aplica siempre y cuando demuestre la razón por la cual no formara parte de los programas de empleo destinados a la reintegración al mercado laboral.
Además, establece que el monto a percibir por este apoyo económico habrá de corresponder a seis meses de subsidio por desempleo. Asimismo, si la solicitante tiene alguna discapacidad reconocida con grado mayor al 33%, el importe recibido será de 12 mensualidades de subsidio por desempleo.
Estos subsidios serán otorgados por las Administraciones encargadas de los servicios sociales. Cuando presente la solicitud, tendrá que adjuntar el informe del SEPE donde indique que la aplicación del programa de trabajo no repercuta de forma significativa en el fomento de la empleabilidad de la víctima.
La aplicación de las circunstancias de violencia será justificada en conformidad con lo determinado en el art. 23 de esta ley.
Si la victima tiene cargas familiares, aumentará el importe hasta un total de 18 meses de subsidio por desempleo o 24 meses si ella o algún miembro de su unidad familiar dispone de una minusvalía con grado igual o superior al 33%.
Por último, es importante saber que estos subsidios económicos son compatibles con las demás ayudas expuestas en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre de Ayudas y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual.
Si quieres informarte más a fondo puedes informarte en el Articulo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
Si quieres conocer otros artículos parecidos a Pago único mujeres víctimas de violencia de género puedes visitar la categoría Modelo.
🔥 También te puede interesar: