Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio

✔️ En este artículo aprenderás:

A bastantes personas en el mundo entero les toca la obligación y responsabilidad de abonar impuestos, así sean los servicios familiares, entre otros.

En España, por servirnos de un ejemplo, a parte de ellos, vas a deber pagar muchos otros, y es que por cualquier cosa deberás hacerlo. Uno de los más comunes, es la Declaración de la Renta, mas en el presente artículo, no te hablaremos de este.

Aunque esté bastante relacionado con la Declaración de la Renta, no es de lo que te vamos a hablar el día de hoy, sino de algo a lo que debes hacerle frente una vez haces la declaración de la renta, es al Impuesto sobre el Patrimonio, un tributo al que, tal como pasa con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), todas las personas están sostienes.

Modelo 714 España

Por consecuente, en el artículo que hemos decidido redactar para ti hoy, te vamos a explicar todo lo que tenga que ver con el Impuesto sobre el Patrimonio, el que ha de ser presentado a través del Modelo setecientos catorce.

Además de esto, solo varios deberán presentarlo solo con fines prácticos. Ahora, el Modelo setecientos catorce y todo cuanto tienes que saber con respecto a él.

¿Qué es el Modelo 714?

¿Aún no sabes lo que es, el para qué vale y lo que representa como tal el Modelo setecientos catorce? Desatiende, aquí te responderemos todo eso. El Modelo setecientos catorce es un documento donde declaras el Impuesto sobre el Patrimonio, siendo este un tributo rigurosamente de carácter directo y de naturaleza personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas.

En palabras más resumidas, el Impuesto sobre el Patrimonio se aplica en todas y cada una de las zonas que conforman al territorio español, sin perjuicio ciertos regímenes tributarios forales de Concierto y Acuerdo Económico.

Los que están actuales en los Territorios Históricos del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra. Finalmente, el rendimiento de este se halla cedido total y totalmente a las Comunidades Autónomas.

Modelo 714 España 2

En el Modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio,existen 2 géneros de sujetos pasivos:

1-Sujetos pasivos por obligación personal: estos impositores deben declarar el conjunto de recursos y derechos de contenido económico de los que sean titulares a treinta y uno de diciembre, con independencia del sitio donde estén los recursos o bien puedan ejercitarse los derechos. ¿Quiénes son semejantes impositores? Estos:

1.1-Las personas físicas que tengan su vivienda o domicilio frecuente en el territorio de España.

1.2-Las personas físicas de nacionalidad de España, como asimismo, por su parte, su cónyuge no separado legalmente y los hijos menores, que tuvieran su vivienda común en el extranjero por su condición de: miembros de misiones diplomáticas españolas,entre otras muchas.

2-Sujetos pasivos por obligación real: estos deberán hacer la declaración, singularmente, si los recursos y derechos de los que sean titulares a treinta y uno de diciembre, sean exactamente los mismos que estuviesen ubicados o bien pudiesen ejercitarse de cumplirse en España. Dichos impositores son:

2.1-Las personas físicas que no tengan su residencia habitual en la geografía de España y sean titulares de recursos o bien derechos que estén ubicados, puedan ejercitarse o bien tengan que cumplirse en España.

2.2-Las personas físicas que hayan adquirido su vivienda o bien domicilio fiscal en España como consecuencia de su mudanza a España por motivos laborales y que haya optado por tributar por el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.

¿Cómo Presentar el Modelo setecientos catorce?

Si tienes dudas respecto a de qué forma presentar el Modelo 714 y sus pertinentes plazos de presentación, en este nuevo segmento, te lo vamos a explicar al detalle a fin de que todo te quede más claro.

Es una cosa que no debes dejar de lado, pues de esta manera vas a saber las datas y a qué sitio debes acudir para hacer la debida y adecuada presentación del Impuesto sobre el Patrimonio.

Modelo 714 España 6

El plazo establecido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) para la presentación del Modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio está comprendido entre los días cinco de abril y el 30 de junio, los dos inclusive.

En el caso de que el resultado de la declaración es a ingresar y su pago se domicilia en su cuenta, el plazo para presentar el documento caduca el veintiséis de junio.

La única forma con la que vas a poder presentar el Modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio, es mediante la vía telemática, es decir, por internet.

Modelo 714 España 5

Este es el único medio por el que vas a poder hacerlo. Por otro lado, los impositores que presenten la declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio, tienen la obligación de usar la vía electrónica o bien telefónica para la presentación de la Declaración de la Renta.

Como es el único medio por el que vas a poder presentar el Modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio, vas a deber contar con de manera obligatoria de alguno de los próximos instrumentos de firma electrónica que te vamos a presentar en breves momentos:

  • Certificado electrónico.
  • DNI electrónico.
  • PIN 24H. cuatro-Número de referencia.

Modelo setecientos catorce patrimonio 2018

En pocos casos, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) acostumbra a hacer cambios en sus modelos. Cuando menos, en el Modelo setecientos catorce del Impuesto sobre el Patrimonio, hay múltiples en de año en año, y es por eso que te vamos a hablar un tanto de los que hubo en el año dos mil dieciocho.

Modelo 714 España 3

No descartes nunca que haya modificaciones en dos mil diecinueve o bien dos mil veinte.

En el año dos mil dieciocho, asimismo estuvo latente la obligación de presentar el Modelo setecientos catorce a lo largo de la campaña de la renta del año precedente, aunque este año la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

Máximo ente fiscal de toda España, introdujo ciertas novedades que te enumeraremos a continuación, conque no te la pierdas.

Modelo 714 España 4

  1. Exención de residencia habitual: el límite de la vivienda habitual sube o bien asciende hasta un máximo de trescientos mil euros.
  2. Base liquidable: la base imponible se ve reducida a los setecientos mil euros, excluyendo el caso de Cataluña, que es de quinientos mil euros. Ante semejante situación, desde el 1º de enerode dos mil dieciocho, cambiaron ciertas cosas.
  3. Modificación del artículo 33: sobre la cuota íntegra del impuesto se bonificará al cien por ciento de los sujetos pasivos por obligación personal o bien real de contribuir.
  4. Derogación del artículo 6: representantes delos sujetos pasivos no residentes en España.
  5. Derogación del artículo 36: autoliquidación.
  6. Derogación del artículo 37: personas obligadas a presentarla declaración.
  7. Derogación del artículo 38: presentación de la declaración.

Conclusión

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