DIRF: qué es, para qué sirve y cómo emitirlo

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La Declaración de Retención en la Fuente, o simplemente DIRF, es un documento obligatorio a enviar a todas las personas físicas y jurídicas que hayan realizado pagos con retención en la fuente, determinadas contribuciones y también para aquellas que hayan realizado pagos a personas físicas o jurídicas residentes en el extranjero.

entenderemos mejor?

¿Qué es el DIRF y para qué sirve?

Emitido por la fuente de pago, que puede ser una persona natural o jurídica, el DIRF tiene por objeto informar al Servicio de Impuestos sobre la Renta de la Federación los montos del impuesto sobre la renta que han sido retenidos de pagos a terceros y también para pagos de contribuciones sociales, PIS y COFIN

Esta rendición de cuentas previene la evasión de impuestos.

‎¿Quién está obligado a emitir el DIRF?

Cada año, el León publica reglas sobre la presentación obligatoria del DIRF.

Las personas naturales y jurídicas que hayan sufrido retención del impuesto sobre la renta por concepto de pago o crédito de renta, aunque haya sido sólo por un mes del año calendario, deberán emitir el DIRF:

  • Empresas publicas
  • Empresas privadas con sede en Brasil
  • construccion de condominios
  • organizaciones individuales

Algunos casos, aún sin retención de Impuesto a la Renta, también requieren la emisión del DIRF:

  • Pagos, entregas, créditos, servicios o remesas a residentes en el extranjero, incluso sin retención del impuesto a la renta, es decir, si hubo un pago para la persona en el extranjero, se debe informar al DIRF.
  • Candidatos a cargos electivos, incluso vicios y suplentes.
  • Empresas regionales y nacionales que administran los deportes olímpicos.

Al tratarse de un documento de presentación obligatoria, es fundamental realizar los pagos, dejar todo en orden y estar atento a los plazos que determine la Administración Tributaria, para que no se produzcan futuras irregularidades, incluso caer en la malla fina.

¿Cuándo y cómo emitir el DIRF?

La falta de envío del documento dentro del plazo genera una multa del 2% por mes calendario, o fracción de mes, sobre el monto del Impuesto a la Renta indicado en la declaración.

También hay una multa mínima, por valor de R$ 200, para personas físicas, personas jurídicas inactivas y empresas que hayan optado por el Simples Nacional. Para casos fuera del Simples Nacional, el valor es de R$ 500.

En el DIRF, debe indicar el monto del impuesto sobre la renta recaudado por fuente sobre el pago de cada uno de sus empleados y otros subcontratistas, incluso si son empresas, durante el año calendario anterior a la emisión, por ejemplo, 2021, se debe informar DIRF para incluir montos de pago realizado en 2020.

El documento debe ser emitido por el programa generador de declaraciones de impuestos, que se puede descargar desde el sitio web de Ingresos Federales. Las personas jurídicas, salvo las que opten por Simples Nacional y otros casos específicos, están obligadas a utilizar un certificado digital.

Después de descargar el programa, al ejecutar el archivo se abrirá una pantalla de "bienvenida". Allí puede seleccionar dónde debe instalarse el software en su dispositivo. Después de eso, continúe instalando el programa y haga clic en "Finalizar" para completar.

Al ejecutar el programa por primera vez, se presentará una pantalla con las principales novedades de la versión descargada. El programa es muy intuitivo, basta con rellenar los campos solicitados para enviar el DIRF.

Puede seguir el procesamiento del documento, para asegurarse de que todo salió bien, en la página dedicada a esto, en el sitio web de la oficina federal de impuestos, así como consultar todas las declaraciones enviadas en años anteriores.

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