DIRF 2022: actualizaciones e información clave

✔️ En este artículo aprenderás:

El DIRF 2022 se encuentra entre las principales obligaciones que las empresas deben mantener organizadas para presentar a inicios de año.

El acrónimo DIRF hace referencia a la Declaración de Impuesto sobre la renta retenido en la Fuente, que se refiere al impuesto accesorio adeudado por quienes acreditaron o pagaron rentas retenidas en el IRRF.

Su fecha de entrega este año es el 28 de febrero, a las 23:59 hora de Brasilia. Realizarlo a tiempo y correctamente es fundamental para evitar problemas con las autoridades fiscales.

Entonces, para que domines el tema y asegures el pleno cumplimiento en tu entrega, ¡hemos preparado este artículo completo sobre el DIRF 2022!

A continuación, conozca más sobre la obligación, quién debe declararla, cómo emitirla y qué sanciones se prevén para quienes no la presenten.

¿Qué es el DIRF 2022 y quién debe declararlo?

DIRF 2022 Es un instrumento utilizado para la IRS capaz de monitorear los ingresos que fueron pagados por personas jurídicas y personas físicas.

Es una obligación tributaria accesoria vinculada a la legislación del Impuesto a la Renta, dirigida a quienes acreditaron o pagaron rentas con retención del IRRF.

De hecho, el DIRF 2022 es obligatorio incluso para quienes tuvieron la retención del IRRF en solo un mes del año calendario, ya sea por sí mismos o en representación de terceros.

También están obligadas a presentar el DIRF 2022 todas las personas jurídicas que hayan retenido las siguientes contribuciones gravadas sobre los pagos realizados a otras personas jurídicas:

  • Contribución Social sobre la Renta Neta (CSLL);
  • Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social (Cofins);
  • Aporte a los Programas de Integración Social y Formación de Activos de los Servidores Públicos (Aporte al PIS/Pasep).

Además, en relación con los cambios al DIRF 2022, la Secretaría Especial de Ingresos Federales publicó en el Diario Oficial de la Unión el Instrucción Normativa N° 19902020. Contiene actualizaciones de los parámetros para la declaración a partir del año calendario 2020.

En esta nueva edición, se han realizado algunos cambios en el diseño que deben seguirse al pie de la letra, para que la entrega sea realmente correcta. Los parámetros se pueden comprobar en el Portal de Rentas Internas.

Algunos empleadores nacionales también entregan DIRF

Este es un punto de atención para los contadores. Los clientes que sean patrones domésticos deberán presentar el DIRF cuando el profesional contratado tenga Retención de Impuesto a la Renta en la Fuente (IRRF) en al menos un pago del año anterior, por concepto de salario, 13° salario, vacaciones o terminación.

Para saber si el profesional contratado tiene retención de impuestos en la fuente, basta con consultar el documento Informe de Renta que le proporciona eSocial.

Ahora que sabes para qué sirve y quién debe declarar el DIRF 2022, en el siguiente ítem, ¡descubre cómo emitirlo!

¿Cómo emitir DIRF 2022?

Con los detalles principales del DIRF 2022 en mente, es hora de entender cuáles son los pasos principales para llevar a cabo la entrega correctamente.

Como se menciona al inicio del artículo, los contribuyentes pueden presentar la declaración hasta las 23:59 horas del día 28 de febrero. Para ello, el primer paso es acceder a la web de Rentas y descargar el Programa generador de declaraciones.

Luego, solo complete fielmente toda la información que se solicita en el diseño, teniendo cuidado de no olvidar cualquier documento.

Además, si usted o el Contador de la empresa utiliza algún sistema de gestión contable, es posible importar los datos ya registrados en el software. Sin embargo, en estas situaciones, debe tener mucho cuidado. Esto se debe a que, como mencionamos anteriormente, DIRF 2022 sufrió algunos cambios con respecto a años anteriores.

Por lo tanto, es necesario asegurarse de que el sistema utilizado esté alineado con el nuevo formato requerido, ya que cualquier no conformidad puede favorecer la malla fina.

También es importante señalar que, en el caso de personas jurídicas, es fundamental estar atento a las obligaciones incluso después de la declaración.

La razón es simple: las empresas necesitan proporcionar el Informe de Ingresos a sus empleados, que se utilizan para completar el IRPF por todos aquellos que tuvieron ingresos iguales o superiores a R$ 28.559,70.

¿Es necesario declarar información sobre gastos en salud en el DIRF?

Si. La información de salud debe estar incluida en el DIRF. Al fin y al cabo, pretende cruzar la información de la empresa con la enviada por los empleados.

De esta manera, es fundamental que el encimera agregar información al DIRF, como montos referentes a Planes Privados de Salud en la modalidad de Colectivo Empresarial y reembolso de gastos médicos.

Por ejemplo, si la empresa hace un descuento de R$ 20,00 para que el empleado contribuya al plan de salud, el empleador está obligado a informar al DIRF el valor total del año (R$ 200,00).

Atención adicional a la fecha límite

Si bien es fundamental respetar las solicitudes del DIRF 2022, existe una alternativa para quienes no tengan toda la información a la mano hasta el 28 de febrero: enviar el DIRF incompleta y realizar una subsiguiente rectificación.

Lo que refuerza la necesidad de la entrega a tiempo son las posibles sanciones que pueden generar quienes pierdan la declaración (¡tanto que es mejor hacer la rectificación que perder la fecha de envío!).

¿Qué sucede si el DIRF 2022 no se presenta dentro del período actual?

Todos los contribuyentes que no presenten DIRF 2022 dentro del plazo requerido están sujetos a la pago de sanciones.

La multa es del 2% por mes o fracción de calendario, y se grava sobre el monto de los impuestos y contribuciones informados en la declaración, aún con pago total, con un límite del 20%.

Para la aplicación de la sanción, se considera como plazo inicial el día siguiente al de la finalización del plazo fijado para la entrega. El término final corresponde a la fecha de entrega o emisión del aviso de infracción, en situaciones de no presentación.

Para personas naturales, jurídicas inactivas y jurídicas clasificadas por el Simples Nacional, la multa mínima es de R$ 200. En otras situaciones, la sanción mínima es de R$ 500,00.

También existe la posibilidad de que la multa se reduzca a la mitad o en un 25%. El primer caso está dirigido a quienes presenten DIRF 2022 después de la fecha límite, pero antes de cualquier oficio. La segunda está garantizada para quienes presenten la declaración dentro del plazo determinado por citación.

Ahora que ya conoces todos los detalles del DIRF 2022, ¿qué te parece saber cómo prepararte para la entrega del Impuesto a la Renta de tus clientes?

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