
Cronograma de obligaciones laborales y de seguridad social: manténgase informado
Ante la alta competitividad en el mercado contable, cada vez más oficinas buscan mejoras para ofrecer servicios excepcionales. Muchos ya se han dado cuenta de que la organización en los procesos es fundamental.
Implica, por ejemplo, desarrollar un cronograma de obligaciones laborales y de seguridad social que le permita al cliente estar al día con sus obligaciones laborales.
En este artículo presentaremos las principales fechas para que el contador pueda comenzar a desarrollar su agenda. ¡Verificar!
el primer paso para desarrollar un horario para tu cliente es conocer las fechas más importantes. ¡Míralos a continuación y no olvides escribirlos!
ENERO
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- 13º salario: El pago debe hacerse antes del día 10.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
- Salario-Educación: renovación de la solicitud completando el Formulario de Autorización de Mantenimiento Educativo (FAME).
- Contribución del Sindicato de Empresas: la reforma laboral, realizada por la Ley 13.467/2017, determinó que las empresas ya no están obligadas a realizar el pago. No obstante, quienes decidan continuar con la recogida deberán hacerlo durante el mes de enero.
- Aporte Unión Rural: Como se mencionó anteriormente, no hay obligación de cobrar. No obstante, las empresas que decidan proceder al cobro deberán hacerlo durante el mes de enero.
- GFIP Declaratorio 13 Salario: la empresa deberá entregar información sobre aportes a la seguridad social que deberá estar relacionada con el salario 13 pagado en diciembre del año anterior.
FEBRERO
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
- Declaración de Impuesto a la Renta en la Fuente (DIRF): la empresa debe enviar la remesa comprobante de retención e ingreso.
MARCHA
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
- LISTADO ANUAL DE INFORMACIÓN SOCIAL (RAIS): El MTE publica cronograma, en marzo, que establece el plazo para la entrega del RAIS cumplimentado.
- Contribución del Sindicato de Empleados: Tras la modificación del art. 585, de la CLT, a través de la Ley 13.467/2017, la obligación está sujeta a la autorización previa y expresa del profesional, que puede ser realizada individual y directamente por la empresa.
- Ingeniería y Medicina del Trabajo - Servicio Único: las empresas que optan deben presentar para su aprobación por el organismo local antes del 30 de marzo.
ABRIL
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
- Aporte Sindical de Empleados (Pago): se deben cobrar las cotizaciones que se descontaron en marzo. Vale la pena recordar que, en este caso, debe haber una autorización por escrito del empleado.
MAYO
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
- Aporte Sindical - Relación - Entrega: Las empresas que cobraron los aportes en abril deberán entregar el monto al gremio de la categoría dentro de los 15 días siguientes al cobro.
- Salario familiar: presentar comprobante de asistencia escolar para niños mayores de 7 años en mayo para realizar el pago.
- Aporte Unión Rural: pago de cuotas sindicales rurales de particulares.
JUNIO
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
MES DE JULIO
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
AGOSTO
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
SEPTIEMBRE
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
OCTUBRE
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
NOVIEMBRE
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- 13° Salario - 1° Cuota: la empresa debe pagar la primera cuota antes del 30 de noviembre.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
DICIEMBRE
- Depósito FGTS: debe hacerse antes del día 7.
- INSS: debe pagarse antes del día 20 con base en el cálculo del salario del mes anterior.
- 13° Salario - 2° Cuota: el depósito del FGTS debe hacerse antes del día 7. El pago de la segunda cuota del salario 13 deberá efectuarse antes del día 20.
- Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente (IRRF): debe pagarse antes del día 20.
¿Por qué estructurar una agenda laboral?
Como se mencionó al principio de este artículo, ofrecer servicios de alta calidad es fundamental para cualquier oficina de Contabilidad que quieren retener a los clientes.
Esto significa que será necesario invertir en organización, lo que implica realizar pagos y entregar información a tiempo a los órganos competentes de los Órganos.
Además de evitar multas y dejar tareas pendientes, el cronograma optimizar la rutina trabajo de contador.
Otra opción interesante para ayudar a los contadores en su rutina es el módulo Prosoft Payroll de Prosoft. Permite controlar, de forma sencilla, todos los procesos de entrada (como altas, variables y bajas) de empleados, socios y autónomos, más las obligaciones accesorias.
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