
Como podría haber dicho el anuncio falso de London Fog - Hablemos de la exposición
Las Acciones Correctivas, el Programa de Acuerdo de Cierre Voluntario del IRS y las Auditorías del IRS: estos son los tres lugares donde se ventilan la mayoría de las emisiones de bonos exentos de impuestos. Ignoraremos las acciones correctivas de este artículo (así como la mayoría de los problemas de reembolso/pago de devolución). En su lugar, nos centraremos en el Programa de Acuerdo de Cierre Voluntario del IRS (comúnmente abreviado como "VCAP") y las auditorías.
Si bien las auditorías del VCAP y del IRS son diferentes en algunos aspectos, a menudo convergen en el mismo punto: un acuerdo de cierre con el IRS que preserva el estatus fiscal beneficioso de los bonos. El IRS generalmente solo aceptará un acuerdo de cierre si el emisor acepta redimir algunos o todos los bonos y acepta escribir un cheque al IRS. Ignoraremos el punto de redención de bonos en este artículo. En su lugar, nos centraremos en cómo determinar el monto del cheque.
Para los bonos exentos de impuestos, el "monto del acuerdo de cierre" a menudo se basa en la "exposición del contribuyente" a los bonos.
La guía del IRS sobre cómo calcular el "monto del acuerdo de cierre" para un VCAP o una auditoría lo hace muy mecánico: inicie Excel, siga los pasos, presione Intro y aparecerá su factura. Pero, deje su café por un segundo, el proceso es en realidad mucho más dinámico que eso. En muchos casos, el emisor querrá sopesar sus opciones estratégicas sobre cómo presenta una solicitud de VCAP y hace una oferta de apertura, o cómo negocia durante una auditoría en función del monto probable del acuerdo de cierre que resultará. Por ejemplo, si el emisor desea vender un edificio financiado con bonos a un usuario privado y no hay remedio disponible, el monto probable de cierre del acuerdo en el VCAP puede ser un detalle crítico.
Las disposiciones del Manual de Rentas Internas para acuerdos de cierre de VCAP, que el IRS revisó recientemente, contienen muchos términos "estándar" para algunas "violaciones identificadas" comunes. Encontrar su infracción entre las "infracciones identificadas" simplifica las cosas, pero no lo lleva muy lejos. La mayoría de las infracciones identificadas requieren cálculos adicionales, y muchas de ellas se basan en un cierto porcentaje de "exposición del contribuyente", incluso si se trata solo de "exposición del contribuyente" en un subconjunto más pequeño de la emisión de bonos. De manera similar, en una auditoría de bonos exentos de impuestos, el monto del acuerdo de cierre casi siempre se basa en la exposición del contribuyente, aunque es más probable que se base en todos los bonos en circulación de la emisión.
La "exposición del contribuyente" está diseñada para compensar al IRS por los ingresos que perdió cuando no recaudó impuestos sobre los intereses de los bonos que se suponía que eran bonos exentos de impuestos, pero que en realidad eran bonos sujetos a impuestos.
Como dijimos antes, el concepto de "exposición del contribuyente" tiene mucho sentido: pensó que tenía bonos exentos de impuestos, por lo que los tenedores de bonos no pagaron impuestos sobre los intereses de los bonos. Pero los bonos no cumplían con todos los requisitos fiscales, por lo que el interés de los bonos estaba sujeto a impuestos. La “exposición del contribuyente” está diseñada para que el IRS esté completo por este impuesto no recaudado.
Étant donné que les détenteurs d'obligations obtiennent généralement un délai de prescription de trois ans sur leur déclaration de revenus, «l'exposition du contribuable» sera également généralement limitée aux intérêts au cours des trois années précédant l'année de la violation (plus sur cela plus tard), mais le statut de les limitations fonctionnent sur la base de l'hypothèse que l'impôt dû au cours d'une année donnée n'est pas payé avant la date limite de dépôt du 15 avril de l'année siguiente, próximo. Dado que el cálculo de la exposición del contribuyente para la emisión de bonos está vinculado a las declaraciones de impuestos de los tenedores de bonos, no puede simplemente sumar los intereses de los bonos para el año en curso y los dos años anteriores (para un total de tres años), calcular el impuesto sobre ese interés, y llámalo un día.
Los pasos para calcular la exposición del contribuyente se pueden encontrar en la Sección 4.81.6.5.3.1 del Manual de Rentas Internas. Siéntase libre de leer el idioma, pero hablaremos sobre los pasos a continuación.
Paso 1: ¿Qué tan atrás tenemos que ir? (Resista la tentación de contar solo los intereses del año en curso y los dos años anteriores).
La primera pregunta es: ¿cuántos años anteriores de interés debemos incluir? Se trata de elegir una fecha clave y luego hacer la cuenta regresiva. La fecha clave en VCAP es la fecha en que el emisor presenta la solicitud de acuerdo de cierre. La fecha clave para una auditoría es la fecha en que el IRS envía una notificación por escrito al emisor de que ha identificado un incumplimiento de los bonos. (Está bien, bien, lo llamaremos la "fecha clave".) Una vez que haya elegido esa fecha, cuente hacia atrás en el calendario hasta el primer 15 de abril que encuentre. Este 15 de abril que te acabas de encontrar es la fecha de vencimiento de la declaración de renta del año inmediatamente anterior. Este año anterior, y los dos años anteriores a este año anterior, son los años anteriores para los cuales se deben incluir los intereses.
La regla de oro es:: si la fecha clave es posterior al 15 de abril, los tres años naturales inmediatamente anteriores son los años aplicables. Si la fecha clave es anterior al 15 de abril, la fecha inmediatamente anterior cuatro años son los años aplicables.
Si el IRS determina que el emisor no actuó de buena fe, puede exigirle que mire hacia atrás seis años (según las mismas reglas anteriores), en lugar de tres.
Paso 1, Parte 2: ¿Hasta dónde debemos llegar? Todos los intereses devengados sobre los bonos desde la fecha de referencia hasta la fecha en que se redimieron todos los bonos se incluyen en el cálculo. Y sí, redimido en realidad significa redimido, no solo derrotado.
Paso 2: agregue el interés en un año. Bastante sencillo. Un aspecto molesto de esto es que a menudo tiene que dividir el calendario de pago de intereses de los bonos en secciones de año calendario, a menos que el calendario de pago de intereses sea inusualmente detallado.
Paso 3: multiplique cada monto de interés anual por el "porcentaje de impuestos correspondiente". Este paso imita el impuesto del IRS sobre los intereses de los bonos que deberían haber sido gravados. Hasta nuevo aviso, esta tasa es del 29%. 29% pretende ser una aproximación aproximada de la tasa impositiva federal efectiva del tenedor de bonos.
Paso 4: ajuste el valor de tiempo de cada uno de estos pagos hacia adelante o hacia atrás hasta la fecha de cierre del trato, o "cuenta regresiva del 15 de abril". Primero, trate los montos del Paso 3 para cada año como si se hubieran pagado el 15 de abril siguiente. (En efecto, está simulando presentar y pagar impuestos sobre los intereses de los bonos ese año, lo que habría sucedido cuando los tenedores de bonos presentaron sus declaraciones de impuestos el 15 de abril siguiente). , debe evaluarlos antes de la fecha de cierre del acuerdo. Para cada uno de estos pagos estimados del 15 de abril que sean posteriores a la Fecha de cierre del Acuerdo, debe enviarlos en la Fecha de cierre del Acuerdo.
Este paso suele ser el más complicado al calcular la exposición del contribuyente con fines de planificación/estrategia, ya que debe estimar cuándo espera que se llegue a un acuerdo final con el IRS, que es una ciencia muy inexacta. Afortunadamente, la naturaleza inherente de los cálculos de valor presente/futuro significa que una diferencia de algunos meses aquí o allá no causará cambios bruscos en el monto del acuerdo de cierre.
Para valorar los pagos presuntos futuros a partir del 15 de abril que ocurran antes de la fecha de cierre del contrato hasta la fecha de cierre del contrato, use la tasa de pago insuficiente aplicable según la Sección 6621 del código (que ha sido del 3 % durante varios años) como tasa de descuento y tasa diaria. metodología de cálculo. Tenga en cuenta que la tasa de pago insuficiente aplicable es no igual a la "Tasa Federal Aplicable" (o "AFR"). Para descontar el valor de los pagos atribuidos a partir del 15 de abril que se produzcan después de la fecha de cierre del contrato hasta la fecha de cierre del contrato, utilice la AFR aplicable a corto, mediano o largo plazo. La AFR de corto plazo aplica para los tres primeros pagos estimados del 15 de abril posterior a la fecha de cierre del contrato, la de mediano plazo para los siguientes tres y la de largo plazo para los siguientes. (Para la mecánica del valor presente y futuro, salte a la sección 4.81.6.5.3.9 de IRM, que se titula confusamente "Cálculo del valor presente", pero en realidad contiene las reglas para los valores presentes y futuros).
Para los luditas entre ustedes que no confían en Excel, recuerden que la ecuación es:
Paso 5: agregue los valores de la fecha de finalización de la oferta del Paso 4. Si has llegado hasta aquí, este paso debería ser bastante fácil.
Al ajustar las variables que discutimos anteriormente, un emisor o prestatario intermediario puede ver cuál sería su exposición a los contribuyentes en varias situaciones fácticas que podrían surgir bajo PACR.
Una nota final: gran parte de la discusión anterior se refiere al Manual de Rentas Internas, un tomo tan pesado que hace que el Acuerdo del Tesoro parezca un cómic de Batman. ¿Has probado el botón “Enlaces útiles” en la columna izquierda del blog? Hay un enlace específico a las disposiciones del Manual de Impuestos Internos que se relacionan con los bonos a la baja con ventajas fiscales. Periódicamente agregamos enlaces aquí que pueden resultarle útiles, así que vuelva a consultarlos con frecuencia. Si tiene algún elemento que no puede encontrar y que podría ser útil aquí, háganoslo saber y lo agregaremos.
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