
5 pasos para pagar el INSS por tu cuenta
Los trabajadores que realicen sus actividades laborales fuera del régimen de CLT, los trabajadores por cuenta propia -profesionales informales y liberales-, los empresarios individuales o los microempresarios, deberán pagar ellos mismos al INSS y, de esta forma, garantizar los beneficios de cotización en el futuro.
En efecto, en el caso de los autónomos, la cotización del INSS no se descuenta automáticamente de la nómina mensual, como ocurre con los profesionales asalariados. Por ello, los autónomos deben recaudar el impuesto cada mes, de forma individual.
Al fin y al cabo, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) es una autarquía del gobierno federal encargada de recaudar las cotizaciones para mantener el sistema general de seguridad social, el organismo encargado de pagar las pensiones y otros derechos de seguridad social a sus cotizantes.
¿Cuáles son las formas de aportar al INSS por cuenta propia?
Existen tres formas de cotizar al INSS solo, siendo contribuyente individual, asegurado facultativo o Microempresario Individual (MEI).
En la categoría "Persona Física Contribuyente" se encuentran varias profesiones ejercidas por cuenta propia y empresarios. En la categoría de “Asegurados opcionales”, hay personas mayores de 16 años que no tienen un trabajo remunerado y que aún cotizan para beneficiarse de él más adelante.
El MEI, por otro lado, tiene un CNPJ y, a diferencia de otros profesionales que desarrollan sus actividades de forma independiente, recauda impuestos específicos a través del Documento de Arrecadação do Simples Nacional (DAS). El MEI INSS está incluido en la guía mensual de la DAS.
A partir de ahora, el contribuyente persona física y el asegurado facultativo deberán pagar el INSS a través de una Guía de la Seguridad Social (GPS).
¿Cómo pago yo mismo el INSS?
1. Ten a mano tu número PIS o NIT
El primer paso para empezar a cotizar al INSS como autónomo es tener a mano tu PIS (Programa de Integración Social) o NIT (Número de Registro de Trabajador).
Básicamente, si en algún momento has trabajado con un contrato laboral, ya tienes un expediente en el programa de integración social y puedes encontrar tu número de PIS en la primera página de tu tarjeta de trabajo.
A partir de ahora, si siempre has sido autónomo, tendrás que darte de alta en el INSS, a través de la web del "Registro Nacional de Información Social". El número de NIT se generará después del registro.
2. Elige el tipo de aportación que quieres
Ahora es el momento de elegir el tipo de aporte, es decir la cantidad que deseas aportar mensual o trimestralmente a la seguridad social. El valor de tu libreta INSS dependerá del plan contratado, así como el valor de tu retiro por adelantado.
Como trabajador por cuenta propia, puedes cotizar a través del "régimen normal" y el "régimen simplificado", la diferencia entre ambos radica en el valor de la cotización y los derechos que ofrece.
Descubra a continuación los paquetes ofrecidos y sus respectivos códigos:
Él. Plan normal de cotización
En el régimen normal de cotización, el 20% de sus ingresos mensuales o trimestrales debe destinarse al INSS. Por otro lado, puede contar el período como tiempo de cotización y recibir una cantidad mayor cuando se jubile.
colección mensual
- Contribuyente persona física que presta un servicio a una persona física - Código 1007.
- Contribuyente individual rural que presta servicios a un individuo - Código 1287.
- Asegurado opcional - Código 1406.
colección trimestral
- Contribuyente persona física que presta un servicio a una persona física - Código 1104.
- Contribuyente individual rural que presta un servicio a un individuo - Código 1228.
- Asegurado opcional - Código 1457.
B Régimen simplificado de cotización
En el régimen de cotización simplificado se debe pagar el 11% de un salario mínimo al INSS. En esta modalidad, no se puede contabilizar el período como tiempo de cotización, es decir, solo se puede jubilar según la edad. Además, el valor de la pensión estará más cerca del salario mínimo.
colección mensual
- Contribuyente persona física que presta un servicio a una persona física - Código 1163.
- Contribuyente individual rural que presta servicios a un individuo - Código 1236.
- Asegurado opcional - Código 1473.
colección trimestral
- Contribuyente persona física que presta un servicio a una persona física - Código 1180.
- Contribuyente individual rural que presta servicios a un individuo - Código 1252.
- Asegurado opcional - Clave 1490.
contra Contribuyente persona física que presta servicios a personas jurídicas
El trabajador por cuenta propia que preste servicios a la persona jurídica deberá cobrar el 11% del monto percibido por el PJ. Sin embargo, en este caso, la responsabilidad de recaudar el impuesto recae en la empresa. Es decir que la persona jurídica que contrate al autónomo deberá descontar el porcentaje del INSS directamente del pago del profesional.
En este caso, incluso pagando el 11% de la cuantía percibida, el autónomo tendrá las mismas ventajas que quien percibe el 20%. Después de todo, el monto adicional lo paga la empresa, la llamada cuota patronal.
Sin embargo, si la empresa se olvida de realizar el cobro, el autónomo debe asumir la tarea y contribuir solo.
colección mensual
- Contribuyente persona natural que presta servicios a una persona jurídica - Código 1120.
- Contribuyente individual rural que presta servicios a una persona jurídica - Código 1805.
colección trimestral
- Contribuyente persona natural que presta servicios a una persona jurídica - Código 1147.
- Contribuyente individual rural que presta servicios a una persona jurídica - Código 1813.
3. Compra el GPS o emite el documento online
Hay dos formas de cobrar el INSS por cuenta propia: a través de dispositivos GPS comprados en papelerías, que se deben llenar manualmente, o a través del Sistema de Adiciones Legales (SAL), disponible en el sitio web de la Agencia Tributaria Federal.
Ambos formularios son fáciles de completar, además de ser una forma segura de cobrar el INSS. Elige el soporte más práctico y cómodo para ti.
4. Completar GPS o SAL mensual/trimestral
La Guía del Seguro Social debe completarse de la siguiente manera:
- Campo 1: nombre, teléfono, dirección.
- Campo 2: el llenado lo hará el INSS.
- Campo 3: ingrese el código de pago según el tipo de aporte (como se describe en la sección anterior).
- Campo 4: mes y año que se pretende cotizar (el INSS siempre se paga entre el 1 y el 15 de cada mes, por lo que el devengo será el mes anterior al pago).
- Campo 5: ingrese su número PIS o NIT.
- Campo 6: importe que pretende pagar al INSS (importe correspondiente a la tasa del tipo de cotización).
- Deje los campos 7, 8, 9, 10 en blanco.
- Campo 11: monto total pagado al INSS, idéntico al campo 6.
El llenado en línea sigue la misma lógica. Para completar aquí, debe acceder al Sistema de Suplementos Legales (SAL). Aunque el guía se retrase, la única forma de cobrar el impuesto es a través de SAL.
5. Guía para pagar la Seguridad Social
Después de llenar o emitir el GPS, puede pagarlo en bancos, casas de lotería o incluso a través de la banca en línea. La guía deberá ser pagada a más tardar el día 15 del mes siguiente al mes de adquisición.
¿Quién paga el INSS porque el trabajador por cuenta propia tiene derecho a qué?
Los derechos de quienes cotizan al INSS como autónomos son los mismos que se ofrecen a los trabajadores con contrato laboral. Mira la lista:
- Jubilado.
- Subsidio por enfermedad.
- Asistencia en caso de accidente.
- Ayuda-encarcelamiento.
- Beneficio de maternidad.
- Salario familiar.
- Rehabilitacion vocacional.
- Beneficio de muerte.
Eso es todo, ahora que has aprendido a pagar el INSS por tu cuenta, puedes estar tranquilo. Después de todo, lo inesperado y tu futuro están asegurados.
También podría gustarte:IRPF para jubilados: todo sobre cómo funciona Cómo obtener la declaración del INSS para el IRPF Cuál es la edad máxima para la exención de impuestos
.
Si quieres conocer otros artículos parecidos a 5 pasos para pagar el INSS por tu cuenta puedes visitar la categoría Impuestos.
🔥 También te puede interesar: